Quién es Quién, en la Comunidad

La junta de propietarios es el órgano de gestión y representación del que forman parte todos los propietarios, donde se deciden todos los asuntos que afectan a la comunidad, como el presupuesto de gastos e ingresos, la realización de obras, el nombramiento y cese de los cargos, las normas de régimen interno, etc.

Debe reunirse al menos una vez al año para aprobar los presupuestos y las cuentas, y siempre que la convoque el presidente. También puede ser convocada por la cuarta parte de los copropietarios, o por un número de propietarios que represente al menos al 25% de las cuotas de participación.

El Presidente se elige entre los propietarios; como a menudo no hay voluntarios, puede designarse por sorteo o por turno. Es obligatorio aceptar el cargo, aunque excepcionalmente puede solicitarse el relevo ante el juez. El cargo se ejerce de manera gratuita.

El presidente representa a la comunidad en todos los asuntos, en juicio y fuera de él. Preside las juntas y pide formalmente a los vecinos molestos que dejen de serlo. Pero no puede decidir solo, salvo en caso de urgencia (la rotura de una cañería, por ejemplo), informando a la junta inmediatamente. Además, ejercerá las funciones de secretario y administrador, salvo que los estatutos o un acuerdo mayoritario de la Junta prevean cargos separados. También pueden nombrarse uno o varios vicepresidentes, para que le sustituyan en caso de ausencia o imposibilidad.

Para evitar problemas sobre los compromisos que el presidente puede o no adoptar ante terceros en el nombre de todos, lo mejor es que cada vez que se plantee algún asunto de importancia, la junta establezca por escrito qué le autoriza a hacer.

El cargo de Administrador puede desempeñarlo un propietario elegido por la junta o un Administrador de fincas profesional y remunerado.

Está obligado a: Velar por el buen régimen de la casa y apercibir a quienes lo perturben; ocuparse del buen estado de la finca y ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras, así como atender las reparaciones urgentes; preparar el plan de gastos anual y proponer los medios para afrontarlo; custodiar la documentación de la comunidad; ejercer de secretario, si se le ha asignado esta tarea.

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